España violó los derechos políticos del líder independentista catalán y las normas de la ONU – EURACTIV.com

España ha violado los derechos políticos del actual eurodiputado y expresidente catalán Carles Puigdemont -y los de sus electores- al despojarlo de su escaño en el parlamento regional, dictaminó el jueves el Comité de Derechos Humanos.

El Comité concluye que la suspensión de funcionarios electos “por presuntos delitos basados ​​en actos públicos y pacíficos” no puede considerarse que cumpla con el requisito de que esté “basada en motivos razonables y objetivos”.

Esta decisión «confirma la vulneración de los derechos políticos del presidente en el exilio, poniendo así en entredicho la reputación democrática de España», se lee en un comunicado del gabinete de Puigdemont.

La decisión de España fue aprobada por el Tribunal Supremo en 2018, sobre la base del proceso judicial contra Puigdemont tras el referéndum de independencia de 2017 considerado ilegal por las autoridades españolas.

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, compuesto por 18 expertos independientes, supervisa la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR). Como parte en el Pacto y el Protocolo Facultativo del Pacto, España está obligada por las decisiones del comité derivadas de denuncias individuales.

Según la decisión, la decisión de España de suspender a Puigdemont de su escaño viola el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que el Comité describe como la «esencia de la gobernabilidad democrática», que garantiza el derecho de los ciudadanos «a participar en la dirección de los asuntos públicos, directa o indirectamente». a través de representantes libremente elegidos” y “a votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas por sufragio universal e igual realizado por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.

El Comité insta además a España a «publicar y difundir ampliamente» la decisión y otorga al país 180 días para informar al Comité sobre las medidas que ha adoptado para implementar la decisión y las reparaciones, así como los esfuerzos para evitar que ocurran violaciones similares en el país. país. próximo.

En este caso, sin embargo, el Comité considera que la decisión en sí es una reparación «suficiente», por lo que España no está obligada a devolver el escaño parlamentario a Puigdemont ni a indemnizarla.

(Max Griera | EURACTIV.com)

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