El próximo 29 de septiembre entrará en vigor en España la ley de bienestar animal.
Se ejecutará seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en la forma prevista en dicho texto legal. Oficialmente denominada Ley 7/2023, de 28 de marzo, está destinada a proteger los derechos y el bienestar de los animales.
Este nuevo marco normativo introduce nuevas obligaciones y deberes para los ciudadanos que tienen animales a su cargo.
Los dueños de perros deben contratar un seguro de responsabilidad civil
En el caso de los dueños de perros, la nueva ley establece la necesidad de contratar seguro de responsabilidad civil para sus mascotas. La ley también prevé una selección de determinados animales cuya tenencia será especialmente vigilada.
La disposición transitoria segunda del artículo tercero de la ley establece: “la prohibición de ciertas especies como animales de compañía”. A partir de la fecha de entrada en vigor de la ley, 29 de septiembre, queda prohibida la tenencia de las especies incluidas en la lista: “hasta la aprobación y publicación de la ‘lista positiva’ a la que corresponda la especie”.
En el caso de quienes ya sean propietarios de estos animales en el momento de la entrada en vigor de la ley, la ley especifica que: ‘Estarán obligados a informar a las autoridades competentes de la posesión de estos animales dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor fuerza de esta ley.
Los animales amparados por esta disposición son los siguientes:
• Artrópodos, peces y anfibios, cuya mordedura o veneno pueda suponer un grave riesgo para la integridad física o la salud de personas y animales.
• Los reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que, en estado adulto, pesen más de dos kilogramos, excepto en el caso de los quelonios.
• Todos los primates.
• Mamíferos salvajes que, en estado adulto, pesen más de 5 kg.
• Especies incluidas en otras normas sectoriales a nivel estatal o comunitario que impidan su tenencia en cautividad.
La ley de bienestar animal establece que, desde la entrada en vigor del reglamento, y hasta la aprobación de la correspondiente lista positiva: “Las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para su intervención y su internamiento en los centros de protección animal”.
Esta nueva ley también prevé un sistema de sanción correspondiente a las infracciones, según su gravedad. La tenencia de los animales mencionados anteriormente, así como la falta de notificación de su presencia, puede ser una infracción y, por tanto, una sanción correspondiente, según se informa 20minutos.es.
Este es el cuadro de multas previsto en la Ley de Bienestar Animal:
• Infracciones leves con apercibimiento o multa de 500€ a 10.000€
• Infracciones graves con multa de 10.000€ a 50.000€
• Infracciones muy graves con multa de 50.000€ a 200.000€
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