El Consejo de la UE lanza un nuevo intento de directiva sobre los trabajadores de plataformas – EURACTIV.com

La Presidencia sueca del Consejo de la UE ha propuesto acotar la derogación de la presunción de empleo, una de las partes más controvertidas de la directiva sobre trabajadores de plataformas, en un nuevo intento de limar diferencias tras las negociaciones se rompieron en diciembre.

La directiva, propuesta por primera vez por la Comisión en diciembre de 2021, introduce una presunción legal de empleo para los trabajadores de plataformas «autónomos» mal clasificados. También tiene como objetivo regular la gestión algorítmica en el lugar de trabajo, una novedad a nivel de la UE.

El último texto de compromiso, visto por EURACTIV, es el primer intento de los suecos de poner la pluma sobre el papel desde que asumieron la presidencia checa en enero. En diciembre, Praga no logró alcanzar una mayoría calificada debido a que los países de la UE se dividieron por el tema controvertido del estatus de los trabajadores.

Los desacuerdos fueron particularmente fuertes sobre la aplicabilidad material de la presunción legal de empleo, que reclasificaría automáticamente a los trabajadores de la plataforma que cumplan con ciertos criterios como empleados.

Algunos estados miembros, como Francia y Polonia, han advertido que un texto legal demasiado prescriptivo podría poner fin al trabajo por cuenta propia y conducir a una redistribución masiva. La Presidencia checa ha propuesto una excepción a la presunción de empleo, en particular en presencia de acuerdos sociales.

Por el contrario, países como España, Bélgica, Alemania y los Países Bajos presionaron para volver al texto original de la Comisión, que consagraba un conjunto de criterios de presunción en el texto legal.

La presidencia sueca organizó una ronda de negociaciones técnicas en febrero para recopilar las opiniones de los Estados miembros sobre las complejidades de la presunción legal.

A la luz de las respuestas de los países de la UE, la presidencia hizo circular un nuevo texto de compromiso de la directiva con fecha del 17 de marzo, que encabezará la agenda de una nueva ronda de negociaciones técnicas el 27 de marzo.

Discrecionalidad regulatoria

En el texto del Consejo, la reclasificación en empleo a tiempo completo se desencadenaría si se cumplieran al menos tres de los siete criterios, que apuntan a un vínculo de subordinación entre una plataforma y un trabajador.

En iteraciones anteriores del texto, se había agregado una excepción general, según la cual las autoridades nacionales competentes podrían “disfrutar de un poder discrecional” para no aplicar la presunción si estaba claro que sería refutada con éxito en un procedimiento judicial o administrativo.

En la propuesta de la Presidencia sueca, sin embargo, se aclara el alcance de la excepción y, en última instancia, se reduce. El nuevo texto establece que “es una posibilidad, no una obligación” que las autoridades nacionales competentes obtengan este poder discrecional cuando los países de la UE transpongan la directiva a su marco legal nacional.

Aclara además que el poder discrecional de excepción solo puede aplicarse si se cumplen dos condiciones: las autoridades competentes actúan por iniciativa propia y está claro que la relación contractual en cuestión no es una relación laboral según la definición de la legislación nacional o los convenios colectivos .

Restringir la aplicación de la cláusula y, por tanto, la medida en que un Estado miembro podría hacer uso de la excepción, parece ser un impulso para el campo pro-reclasificación de países como España y los Países Bajos, que habían expresado su descontento ante la cláusula de excepción cuando los checos lo presentaron por primera vez.

Estos Estados miembros se han quejado en el pasado de que la redacción original “gozar de discrecionalidad” crearía un alcance tan amplio que la presunción podría eludirse efectivamente.

Cómplice legal

Otro punto de controversia entre los estados miembros se ha centrado en los casos en los que una plataforma cumple uno de los criterios de presunción por puro cumplimiento de la legislación nacional o de la UE.

Durante las negociaciones técnicas en febrero, los suecos preguntaron a los estados miembros si la cláusula era incluso «necesaria», según un documento de trabajo que EURACTIV vio en ese momento.

El nuevo texto de compromiso ahora aclara el alcance, indicando que los criterios se considerarían cumplidos si una plataforma «ejerce control y dirección sobre la realización del trabajo».

El control y la dirección, en este contexto, se determinan como «logro [at least three criteria]ya sea en sus términos aplicables o en la práctica”.

Por otro lado, la plataforma no puede ser considerada responsable si cumple un criterio debido al cumplimiento de la legislación de la Unión, la legislación nacional o los convenios colectivos.

Además, el preámbulo del texto especifica que las medidas consagradas en la legislación nacional o los acuerdos sociales relativas a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores no se considerarán válidas para cumplir con los criterios de presunción.

Los criterios incluyen la determinación del salario, requisitos como el uso de uniforme, el control del desempeño, la prohibición de que los trabajadores organicen su propio horario de trabajo y la restricción de la capacidad de trabajar para otra persona.

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Otras Consideraciones

A algunos estados miembros les preocupaba que la definición de trabajador difiriera entre las áreas de la ley nacional, por lo que reclasificar a un trabajador bajo la nueva directiva podría tener diferentes implicaciones dependiendo de los vínculos regulatorios entre las áreas de la ley aplicable.

El nuevo texto reconoce esta tensión y pretende aclararla especificando que los Estados miembros deben garantizar a cualquier trabajador reclasificado los mismos derechos “que a cualquier otro trabajador en una situación comparable en ese Estado miembro”.

Finalmente, después de muchas idas y venidas en los últimos meses, los suecos han mantenido una cláusula de derogación que excluía la presunción legal para aplicar a procedimientos fiscales, penales y sociales.

Se ha permitido a los gobiernos de la UE aplicar la presunción a la luz de la legislación nacional.

Los demás capítulos de la directiva, en particular sobre gestión algorítmica, no se han modificado. Se consideró que se habían acordado en gran medida ya en las negociaciones de diciembre.

[Edited by Luca Bertuzzi/Nathalie Weatherald]

Gregorio Jerez

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