lunes, 29 de mayo de 2023
Se pone en marcha un nuevo programa de ayudas del gobierno de 240 euros para ayudar a los españoles que tienen dificultades económicas a pagar sus facturas de Internet.
El Ministerio de Economía ha creado el programa Unico-Banda Ancha, financiado con fondos comunitarios, que consistirá en un bono de 240 euros dividido en 12 cuotas de 20 euros al mes para ayudar a familias vulnerables.
“Permitirá que personas o familias identificadas como vulnerables contraten o actualicen su conexión de banda ancha fija, con una velocidad mínima de 30 Mbps”, dijo un vocero del gobierno.
Los operadores de telecomunicaciones pueden colaborar suscribiéndose al sistema. No obstante, son las regiones las que se encargan de establecer los requisitos específicos para poder optar a la subvención.
El solicitante debe entonces ser considerado “vulnerable” de acuerdo con los criterios establecidos por su región. Uno de estos requisitos es ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital. Sin embargo, solo se puede aplicar un bono digital por persona o por unidad familiar. Luego, las regiones decidirán los plazos de solicitud y pago.
En Andalucía existen dos formas de registrar la solicitud; en línea o en persona. La opción online requerirá el uso de un certificado electrónico digital. La solicitud también puede hacerse personalmente en las oficinas habilitadas al efecto por la Junta.
La solicitud también debe ir acompañada de;
– Una declaración responsable del solicitante que acredite que no le concierne ninguna de las circunstancias que le impiden obtener la ayuda pública.
– Declaración de subvenciones públicas solicitadas o recibidas por el solicitante.
– Declaración responsable, que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública y la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social.
– Documentos que acrediten que el solicitante es beneficiario, en el momento de presentar la solicitud, del Ingreso Mínimo Vital (salvo que haya autorizado a la autoridad gestora a cobrarlo de oficio).
– Indicar el domicilio fiscal del beneficiario (salvo que haya autorizado a la entidad gestora a obtenerlo de oficio).
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